{"id":3821,"date":"2023-09-22T11:21:50","date_gmt":"2023-09-22T14:21:50","guid":{"rendered":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/?p=3821"},"modified":"2023-09-22T11:26:14","modified_gmt":"2023-09-22T14:26:14","slug":"educacion-ambiental-integral-como-politica-educativa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/educacion-ambiental-integral-como-politica-educativa\/","title":{"rendered":"Educaci\u00f3n Ambiental Integral como Pol\u00edtica Educativa"},"content":{"rendered":"\n<p>Extra\u00eddo del Documento Marco de EAI \u2013 Ministerio de Educaci\u00f3n de la Naci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-media-text is-stacked-on-mobile\" style=\"grid-template-columns:34% auto\"><figure class=\"wp-block-media-text__media\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" width=\"570\" height=\"857\" src=\"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-content\/uploads\/2023\/09\/Imagen1-2.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-3822 size-full\"\/><\/figure><div class=\"wp-block-media-text__content\">\n<p>El Ministerio de Educaci\u00f3n de la Naci\u00f3n desarrolla una pol\u00edtica p\u00fablica nacional de Educaci\u00f3n Ambiental Integral que se enmarca en el art\u00edculo 41 de la Constituci\u00f3n Nacional, en el art\u00edculo 89 de la Ley de Educaci\u00f3n Nacional N\u00ba 26.206; en la Ley de Educaci\u00f3n Ambiental Integral N\u00ba 27.621, y otras legislaciones nacionales, tratados y acuerdos internacionales en la materia.<br>A partir de la sanci\u00f3n de la Ley N\u00ba 27.621, se crea el \u00c1rea de Educaci\u00f3n Ambiental Integral en la Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n para los Derechos Humanos, G\u00e9nero y Educaci\u00f3n Sexual Integral (ESI) de la Subsecretar\u00eda de Educaci\u00f3n Social y Cultural, Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n, la cual se inscribe en un trabajo previo del Ministerio de Educaci\u00f3n de Naci\u00f3n y de muchas de las carteras jurisdiccionales. Esta Direcci\u00f3n tiene como objetivo desplegar una pol\u00edtica educativa integral en esta triple perspectiva y promover la educaci\u00f3n y protecci\u00f3n de los derechos de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes en el \u00e1mbito educativo, que permita su abordaje desde un enfoque hist\u00f3rico, social y cultural atendiendo a los desaf\u00edos de la educaci\u00f3n en la actualidad. En este marco, el \u00c1rea de Educaci\u00f3n.<\/p>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><em><strong>Ambiental Integral se incorpora al trabajo transversal que viene desarrollando la Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n para los Derechos Humanos, G\u00e9nero y Educaci\u00f3n Sexual Integral y confluye en tanto perspectiva emergente que abona al objetivo central de la ampliaci\u00f3n, promoci\u00f3n y protecci\u00f3n de los Derechos Humanos y la formaci\u00f3n de ciudadan\u00edas participativas, democr\u00e1ticas y responsables en el cuidado y la protecci\u00f3n del ambiente.<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Si bien existen leyes nacionales y provinciales, tratados y acuerdos internacionales que conforman un marco normativo amplio vinculado al ambiente y la educaci\u00f3n ambiental, destacamos a continuaci\u00f3n aquellos que, siendo generales, dialogan con las normativas existentes planteando un encuadre espec\u00edfico y estableciendo orientaciones para implementar la educaci\u00f3n ambiental integral en las escuelas argentinas desde una perspectiva de derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 41 de la Constituci\u00f3n Nacional establece que \u201ctodos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El da\u00f1o ambiental generar\u00e1 prioritariamente la obligaci\u00f3n de recomponer, seg\u00fan lo establezca la ley. Las autoridades proveer\u00e1n a la protecci\u00f3n de este derecho, a la utilizaci\u00f3n racional de los recursos naturales, a la preservaci\u00f3n del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biol\u00f3gica, y a la informaci\u00f3n y educaci\u00f3n ambientales\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><em>La Ley de Educaci\u00f3n Nacional N\u00ba 26.206 se\u00f1ala en su art\u00edculo 89 que \u201cel Ministerio de Educaci\u00f3n, Ciencia y Tecnolog\u00eda, en acuerdo con el Consejo Federal de Educaci\u00f3n, dispondr\u00e1 las medidas necesarias para proveer la educaci\u00f3n ambiental en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con la finalidad de promover valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado y la protecci\u00f3n de la diversidad biol\u00f3gica; que propendan a la preservaci\u00f3n de los recursos naturales y a su utilizaci\u00f3n sostenible y que mejoren la calidad de vida de la poblaci\u00f3n.<\/em> A tal efecto se definir\u00e1n endicho \u00e1mbito institucional, utilizando el mecanismo de coordinaci\u00f3n que establece el art\u00edculo 15 de la Ley N\u00b0 25.675, las pol\u00edticas y estrategias destinadas a incluir la educaci\u00f3n ambiental en los contenidos curriculares comunes y n\u00facleos de aprendizaje prioritario, as\u00ed como a capacitar a los\/as docentes en esta tem\u00e1tica\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>La Ley de Educaci\u00f3n Ambiental Integral N\u00ba 27.621 sancionada en 2021 constituye un hito en la historia de la educaci\u00f3n ambiental en la Argentina, al promover la institucionalizaci\u00f3n de una pol\u00edtica educativa y ambiental a nivel nacional y el fortalecimiento de las articulaciones con las jurisdicciones. Esta Ley establece el derecho a la educaci\u00f3n ambiental integral como pol\u00edtica p\u00fablica nacional para todos los niveles y modalidades educativas y define a la educaci\u00f3n ambiental como \u201cun proceso educativo permanente, con contenidos tem\u00e1ticos espec\u00edficos y transversales, que tiene como prop\u00f3sito general la formaci\u00f3n de una conciencia ambiental, a la que articulan e impulsan procesos educativos integrales orientados a la construcci\u00f3n de una racionalidad, en la cual distintos conocimientos, saberes, valores y pr\u00e1cticas confluyen y aporten a la formaci\u00f3n ciudadana y al ejercicio del derecho a un ambiente sano, digno y diverso.<\/em><\/strong><em> <strong>Se trata de un proceso que defiende la sustentabilidad como proyecto social, el desarrollo con justicia social, la distribuci\u00f3n de la riqueza, preservaci\u00f3n de la naturaleza, igualdad de g\u00e9nero, protecci\u00f3n de la salud, democracia participativa y respeto por la diversidad cultural. Busca el equilibrio entre diversas dimensiones como la social, la ecol\u00f3gica, la pol\u00edtica y la econ\u00f3mica, en el marco de una \u00e9tica que promueve una nueva forma de habitar nuestra casa com\u00fan\u201d.<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La Ley N\u00ba 27.621 sienta los principios de la educaci\u00f3n ambiental integral que fundamentan un enfoque cr\u00edtico, transversal, complejo y situado basado en el respeto, la equidad, la igualdad de g\u00e9nero, la diversidad, la participaci\u00f3n y la formaci\u00f3n ciudadana, la construcci\u00f3n de valores basados en la justicia, el cuidado, el pensamiento cr\u00edtico, y el derecho de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes a vivir en un ambiente sano y diverso. Espec\u00edficamente en su art\u00edculo 25, se incorpora el inciso g) del art\u00edculo 92 de la Ley Educaci\u00f3n Nacional N\u00b0 26.206, el cual hace referencia a los siguientes contenidos curriculares: \u201cla toma de conciencia de la importancia del ambiente, la biodiversidad y los recursos naturales, su respeto, conservaci\u00f3n, preservaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los da\u00f1os, en concordancia con el art\u00edculo 41 de la Constituci\u00f3n Nacional, Ley 25.675 y leyes especiales en la materia y convenios internacionales sobre el ambiente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, la Estrategia Nacional de Educaci\u00f3n Ambiental Integral (ENEAI) que establece esta Ley constituye un instrumento clave de planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica a partir del cual dise\u00f1ar una pol\u00edtica de Educaci\u00f3n Ambiental Integral (EAI). La elaboraci\u00f3n de esta estrategia debe desarrollarse a trav\u00e9s de un proceso flexible y participativo, consensuado colectivamente y en permanente actualizaci\u00f3n. La ENEAI orientar\u00e1 la pol\u00edtica de EAI y guiar\u00e1 los principios y las acciones para el dise\u00f1o, desarrollo y evaluaci\u00f3n de las planificaciones jurisdiccionales. Atendiendo a este proceso, desde el Ministerio de Educaci\u00f3n de la Naci\u00f3n se hace prioritario definir objetivos espec\u00edficos y orientaciones pedag\u00f3gicas que contribuyan a la institucionalizaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la educaci\u00f3n ambiental integral en las escuelas argentinas.<\/p>\n\n\n\n<p>Reconociendo los desaf\u00edos que implica esta tem\u00e1tica emergente, el \u00c1rea de Educaci\u00f3n Ambiental Integral de la Direcci\u00f3n de Educaci\u00f3n para los Derechos Humanos, G\u00e9nero y ESI define los siguientes objetivos:<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>Incorporar la educaci\u00f3n ambiental integral a las propuestas educativas en todos los niveles y modalidades educativas.<\/li>\n\n\n\n<li>Promover la ense\u00f1anza desde la complejidad de problemas y conflictos ambientales, como resultado de procesos sociohist\u00f3ricos que integran factores econ\u00f3micos, pol\u00edticos, culturales, sociales, ecol\u00f3gicos, tecnol\u00f3gicos y \u00e9ticos, entendiendo que constituyen oportunidades de aprendizajes significativos.<\/li>\n\n\n\n<li>Garantizar el acceso a conocimientos pertinentes y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educaci\u00f3n ambiental integral.<\/li>\n\n\n\n<li>&nbsp;Aportar a la formaci\u00f3n de ciudadan\u00edas cr\u00edticas, participativas y responsables para el cuidado del ambiente, en pos de la ampliaci\u00f3n, promoci\u00f3n y protecci\u00f3n de los Derechos Humanos.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>A partir de estos objetivos, el \u00c1rea de Educaci\u00f3n Ambiental Integral se propone las siguientes l\u00edneas de acci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>Acompa\u00f1ar y fortalecer a los equipos t\u00e9cnicos jurisdiccionales de Educaci\u00f3n Ambiental Integral.<\/li>\n\n\n\n<li>Producir materiales educativos en diversos formatos para todos los niveles y modalidades del sistema educativo.<\/li>\n\n\n\n<li>Generar propuestas actualizadas de formaci\u00f3n docente para la incorporaci\u00f3n de la educaci\u00f3n ambiental integral en todos los niveles y modalidades.<\/li>\n\n\n\n<li>Impulsar propuestas de educaci\u00f3n ambiental integral orientadas a la participaci\u00f3n activa de las y los estudiantes y al fortalecimiento del v\u00ednculo entre escuela, territorio y comunidad.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>En funci\u00f3n de todo lo mencionado, asumimos los desaf\u00edos pedag\u00f3gicos que la educaci\u00f3n ambiental integral propone y apostamos a que el proceso de institucionalizaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de esta pol\u00edtica p\u00fablica contribuya a generar condiciones para la construcci\u00f3n de una sociedad m\u00e1s justa e igualitaria. Esperamos que esta propuesta resulte un punto de partida que desaf\u00ede las pr\u00e1cticas pedag\u00f3gicas y sea una invitaci\u00f3n para pensar y pensar-nos, para seguir aprendiendo, reflexionando, creando, ense\u00f1ando. Y, sobre todo, sea una invitaci\u00f3n para conocer, valorar y proteger el lugar que habitamos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Extra\u00eddo del Documento Marco de EAI \u2013 Ministerio de Educaci\u00f3n de la Naci\u00f3n El Ministerio de Educaci\u00f3n de la Naci\u00f3n desarrolla una pol\u00edtica p\u00fablica nacional de Educaci\u00f3n Ambiental Integral que se enmarca en el art\u00edculo 41 de la Constituci\u00f3n Nacional, en el art\u00edculo 89 de la Ley de Educaci\u00f3n Nacional N\u00ba 26.206; en la Ley &#8230; <a title=\"Educaci\u00f3n Ambiental Integral como Pol\u00edtica Educativa\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/educacion-ambiental-integral-como-politica-educativa\/\" aria-label=\"More on Educaci\u00f3n Ambiental Integral como Pol\u00edtica Educativa\">[+]<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":298,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[39],"tags":[],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3821"}],"collection":[{"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/298"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3821"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3821\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3827,"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3821\/revisions\/3827"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3821"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3821"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/des-for.infd.edu.ar\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3821"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}